El Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi) aseguró este martes que la adjudicación de más de 232 millones de pesos a tres empresas participantes en una licitación para el suministro de alimentos se realizó conforme al marco legal vigente y sostuvo que, bajo la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones, su deber era remitir los hallazgos detectados a los órganos competentes, no declarar la existencia de colusión.
- El proceso corresponde a la Licitación Pública Nacional INAIPI-CCC-LPN-2025-0029, destinada al abastecimiento de alimentos para los centros de atención a la primera infancia de la demarcación metropolitana.
En una comunicación dirigida a Diario Libre, un día después de que este medio publicara que el Comité de Compras y Contrataciones del Inaipi detectó presuntos indicios de colusión entre tres empresas participantes del proceso y, posteriormente, les adjudicó contratos por un monto conjunto de 232,075,217 pesos, la institución ofreció su versión sobre el caso.
Se trata de las compañías PANACO, S.R.L., la cual recibió la adjudicación de los lotes I y III, por RD$47,245,646.64 cada uno; García Tejera & Asociados obtuvo el lote XXI por 70,123,862.88 de pesos; mientras que Tenedora Gaboc fue favorecida con el lote XXIII por 67,460,061.60 de pesos. Las adjudicaciones suman 232,075,217 de pesos.
Respecto al fondo del caso, el organismo explicó que el proceso de contratación fue convocado antes de la entrada en vigor de la Ley 47-25, por lo que continuó rigiéndose por la Ley 340-06, conforme a la disposición transitoria establecida en la nueva legislación.
El Inaipi sostuvo que, bajo ese régimen jurídico, en su condición de entidad contratante, no tenía competencia material para declarar la existencia de una colusión ni para atribuir responsabilidad administrativa por posibles prácticas restrictivas de la libre competencia a partir de hallazgos preliminares.

